<>.
En su momento, organizaciones civiles y líderes sociales reprocharon la iniciativa panista de incrementar las penas por manifestaciones en obras públicas por ‘criminalizar’ el activismo y la movilización social.
Incluso, el gobernador del Estado, Francisco Domínguez Servién, vetó dicha ley seis meses después en octubre de 2020 y solicitó al Congreso replantear las modificaciones en lo que los legisladores llamados «Ley Anticovid», pues la ‘portada’ del dictamen de ley anuciaba modificaciones a los artículos 170 (discriminación) y 288 (resistencia de particulares) para castigar a a quien agravie a personal de salud, sin mencionar de antemano que también contemplaba de fondo cambios referentes a las penas por manifestaciones sociales.
Otro de los cambios que a la «Ley Garrote» es la opción de que, quienes cometan el delito de obstruir con violencia una obra o proyecto, podrá elegir como pena el trabajo comunitario, y no integrar el trabajo comunitario adicional a la pena máxima, como se tenía contemplado originalmente en la reforma de ley.
<
De forma similar se adecuan los artículos 293, 303 y 304, en los que se determina a la aplicación del trabajo en favor de la comunidad como pena alternativa y, además, un decremento en los límites de la pena privativa de la libertad, lo que persigue, de nueva cuenta, proporcionalidad en la sanción.>>
Ley Anticovid
A la par de los cambios al Código Penal en materia de obstrucción de obras o proyectos públicos, los legisladores del Congreso queretano avalaron en la misma Comisión modificaciones que a quienes encabecen actos cometido en agravio de personal de salud, protección civil o seguridad pública.
El nuevo dictamen especifica que el incremento en la pena de estos delitos solo se dará durante una emergencia sanitaria decretada por la autoridad competente; es decir, que es válido solo durante la pandemia y cualquier otro evento de salud de esa magnitud, y no en la normalidad.