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Plebiscitos de Cadereyta y Querétaro se prevén en marzo y abril del 2026

Plebiscitos de Cadereyta y Querétaro se prevén en marzo y abril del 2026
Plebiscitos de Cadereyta y Querétaro podrían ser a través del voto electrónico / Foto: Especial
Ayuntamientos de Cadereyta y Querétaro deberán cubrir el presupuesto de los plebiscitos previstos para 2026
Zyanya Paulina Hernández
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12 de noviembre 2025

La presidenta del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), Grisel Muñiz, dio a conocer que el plebiscito en Cadereyta de Montes y la capital queretana se realizarán en los primeros meses de 2026, a fin de consultar a la ciudadanía respecto a dos temas de la administración pública.

No se prevé que sea el mismo día. Estamos previendo que una jornada sea en el mes de marzo y otra en abril”, dijo.

Recordó que en días pasados se aprobó la trascendencia de la solicitud del plebiscito del municipio de Cadereyta y del municipio de Querétaro. Derivado de que en septiembre pasado, se aprobó la Ley de Participación Ciudadana y meses después entró en vigor.

¿Por qué motivo se realizarán plebiscitos en Cadereyta y Querétaro?

En Cadereyta, la consulta estará enfocada a la municipalización del agua, en donde 55 mil 829 personas están inscritas en la lista nominal.

En Querétaro, la consulta será sobre la construcción de un teleférico, en donde podrán votar 850 mil 848 personas, que representan el 44.45% del listado nominal.

Algo que también explicó la funcionaria es que el siguiente paso es la entrega del cronograma, el cual está en construcción.

Para ambos plebiscitos, de manera independiente va a haber el cronograma para el municipio de Cadereyta y el cronograma para el municipio de Querétaro. También estamos en el tema del presupuesto, en cuanto tengamos una cifra daremos a conocer”, abundó.

Votos serán electrónicos

Además, se evalúa la viabilidad de que el INE preste las urnas para llevar a cabo el voto electrónico. En el caso del gasto por estos ejercicios, los ayuntamientos cubrirán el presupuesto.

Concluyó que es indispensable la participación del 30% de las personas en la lista nominal, a fin de que el resultado sea vinculante. También, el resultado puede tener el efecto de indicativo, es decir, guiar las acciones de la autoridad.

Con información de Irán Hernández

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