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Testamento ológrafo: Qué es, requisitos, características y validez

Se trata de un documento redactado y firmado por el testador, o la persona que da la herencia

Testamento ológrafo, es comúnmente usado por personas de la tercera edad. Este tipo de trámite es preferido por algunas personas debido a que debe estar escrito en puño y letra del testador.

Pero, qué es ológrafo?, ¿Cuáles son sus características y cuál es su validez legal?.

Testamento ológrafo, ¿qué es?

Es aquel que está escrito de puño y letra del testador.

Se trata de un documento redactado y firmado por el testador, o la persona que da la herencia, además no es necesario que haya testigos o se realice frente a un notario público.

Sin embargo, si este tiene palabras tachadas, entre renglones u otros defectos el testador debe salvar esas palabras bajo su firma. La omisión de esta formalidad afecta solo la validez de las palabras alteradas, no del testamento en sí.

¿Qué validez tiene?

Es un documento regulado por el Código Civil Federal, mismo que especifica las disposiciones y características que garantizan su validez y ejecución.

De acuerdo con el Código Civil Federal en México, el testamento ológrafo es aquel que está escrito que el testador elabora con su propia mano, lo que le permite expresar su voluntad de forma directa y personal.

Requisitos para la validez

El Artículo 1551 establece los requisitos necesarios para que un testamento ológrafo sea válido:

  • El contenido debe estar redactado en su totalidad por el testador
  • Lo entregarán mayores de 18 de edad
  • La firma debe ser del testador y se debe incluir la fecha (año, mes y día) de otorgamiento

Como mencionamos anteriormente, el Artículo 1552 señala que si el testamento contiene palabras tachadas, enmendadas o entre renglones, el testador debe salvar esas palabras bajo su firma.

La omisión de esta formalidad afecta solo la validez de las palabras alteradas, no del testamento en sí.

Los casos en lo que un testamento ológrafo es inválido incluyen:

  • La falta de firma del testador o fecha cuando se creó.
  • No estar escrito por el testador; si se demuestra que el contenido del testamento se escribió por otra persona, el documento puede ser inválido.
  • Si no cumple con los requisitos legales establecidos en el Código Civil Federal o en los códigos civiles estatales, será inválido.
  • Por alteraciones no salvadas, como palabras tachadas, enmendadas o entre renglones en el testamento que no están corregidas por la firma del testador.
  • Si lo hizo una persona menor de edad.
  • Si no están claras las intenciones del testador o presenta ambigüedades, se impugnará y será inválido.
  • Si se demuestra que el testador no estaba en pleno uso de sus facultades mentales al crear el testamento.
  • Si se demuestra que terceros ejercieron presión o manipulación sobre el testador para redactarlo en contra de su voluntad.
  • Si no se cumple con los procedimientos de depósito en el Archivo General de Notarías, el testamento ológrafo será inválido.

¿Qué debe llevar?

De acuerdo con el Artículo 1554, una vez elaborado el testamento ológrafo con las especificaciones señaladas en el Artículo 1551, el depósito del documento en el Archivo General de Notarias se debe hacerla en persona el testador.

Si el testador no es conocido por el encargado de la oficina, deberá presentar dos testigos para su identificación. Se incluirá una nota firmada por el testador y el encargado de la oficina, indicando la fecha y el lugar del depósito.

También se debe documentar el duplicado con la constancia del encargado de la oficina, la afirmación del testador y  firma del encargado, el testador y los testigos de identificación.

En caso de que el testador esté imposibilitado para entregar su testamento, el encargado del Archivo General de Notarías podrá ir donde esté este y los testigos. Si éstos últimos son requeridos, para las formalidades del depósito indicadas en el Artículo 1556.

¿Cuánto cuesta el testamento durante el ‘Mes del Testamento’?

Durante el Mes del testamento tramitar uno de este tipo, conocido popularmente como testamento de puño y letra, será completamente gratuito.

En el caso del testamento ante Notario Público solo deberá cubrirse el precio que establecen los Colegios Notariales que en Yucatán se estableció en 2,000 pesos este 2023.

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