Noviembre comienza con buenas noticias para el avance sustantivo de los derechos de las mujeres en Querétaro. El pasado mes de agosto, el pleno del Congreso aprobó por unanimidad la incorporación del Capítulo III “Acecho” al Código Penal del Estado de Querétaro, creando los artículos 157 Bis y 157 Ter. En un mes tan simbólico como lo es noviembre, finalmente se publica dicha iniciativa, presentada por el gobernador Mauricio Kuri González.
¿Qué implica esta modificación? Atiende un vacío legal que impedía que las personas víctimas de actos de acecho pudieran acceder plenamente a la justicia. Este avance no sólo representa la visibilización de un problema real y cotidiano, sino también una herramienta para que, especialmente las mujeres, puedan denunciar conductas como: ser vigiladas constantemente física o a través de medios digitales, ser seguidas en espacios públicos o privados, recibir mensajes o regalos no deseados de manera insistente, o ser esperadas fuera de su casa, trabajo o escuela.
Con esta reforma, todas estas conductas no sólo podrán ser encuadradas en un tipo penal con una sanción de 6 meses a 2 años de prisión y multa, sino que en caso que el agresor utilice redes sociales o tecnología para rastrear su ubicación o monitorear sus actividades será considerado una agravante, lo que garantiza no sólo la sanción y la reparación del daño, sino lo más importante que la autoridad esté facultada para emitir medidas de seguridad y protección oportunas.
Esta modificación legislativa representa un paso firme en la construcción de un Querétaro más seguro y justo. Nombrar el acecho y castigarlo es, en sí mismo, un acto de justicia que envía un mensaje claro: la libertad y la tranquilidad de las mujeres no son negociables.