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¿Cómo obtener saldo a favor en la Declaración Anual SAT 2025?

¿Cómo obtener saldo a favor en la Declaración Anual SAT 2025?
Todos los contribuyentes clasificados como personas físicas están obligados a presentar su Declaración Anual.
Aprende a identificar y solicitar tu saldo a favor en la Declaración Anual SAT 2025 con esta guía práctica y recomendaciones
Jessica Ignot
|
2 de abril 2025

Inició la temporada de Declaración Anual SAT 2025; y con ella surge la oportunidad para muchos contribuyentes de obtener un saldo a favor.

Este saldo representa una devolución de impuestos pagados en exceso durante el año fiscal anterior.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?

Todos los contribuyentes clasificados como personas físicas están obligados a presentar su Declaración Anual.

Según datos del SAT, al cuarto trimestre de 2022, del total de contribuyentes activos con obligaciones fiscales, el 96% correspondía a personas físicas, de las cuales el 78% se encontraba bajo el régimen de sueldos y salarios y el 18% en otros regímenes.

Estadísticas de cumplimiento y saldo a favor

En el ejercicio fiscal de 2024, se registró un incremento del 10.5% en las declaraciones presentadas por personas físicas en comparación con el año anterior, alcanzando un total de 9.2 millones de declaraciones. De estas, se estima que entre el 60% y 70% resultaron en saldo a favor.

Consecuencias de no presentar la Declaración Anual SAT 2025

Omitir la presentación de la Declaración Anual SAT 2025 puede acarrear sanciones por parte del organismo, incluyendo multas y recargos.

Además, los contribuyentes pierden la posibilidad de recuperar saldos a favor derivados de deducciones personales y otros beneficios fiscales.​

  • Multas que pueden superar los $30,000 pesos.
  • Recargos por pagos extemporáneos.
  • Problemas para obtener créditos y financiamientos.
  • Posibles auditorías del SAT.

¿De qué rubros se obtienen saldos a favor?

Los saldos a favor suelen originarse de deducciones personales permitidas por el SAT, tales como:

  • Gastos médicos y hospitalarios: Honorarios por servicios profesionales de salud.​
  • Gastos funerarios: Pagos por servicios funerarios para el contribuyente o sus dependientes.​
  • Donativos: Aportaciones a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones voluntarias a fondos de retiro: Contribuciones adicionales a las administradoras de fondos para el retiro (Afore).​
  • Intereses por créditos hipotecarios: Intereses reales pagados por créditos destinados a la adquisición de vivienda.​
  • Gastos educativos: Pagos por colegiaturas y transporte escolar obligatorio.

Paso a paso para determinar si tienes saldo a favor

  • Accede al portal del SAT: Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma.​
  • Utiliza el simulador de declaración anual: Esta herramienta permite verificar la información precargada sobre tus ingresos y deducciones. ​
  • Revisa y actualiza la información: Asegúrate de que todos tus ingresos y deducciones estén correctamente registrados.​
  • Calcula el resultado: El sistema te indicará si tienes saldo a favor o en contra.​
  • Solicita la devolución: Si cuentas con saldo a favor, puedes solicitar la devolución automática proporcionando tu cuenta CLABE.

¿Es necesario contar con un contador?

Si bien el portal del SAT ofrece herramientas intuitivas para la presentación de la declaración, contar con el apoyo de un contador puede ser beneficioso, especialmente si tus ingresos provienen de diversas fuentes o si deseas asegurarte de aprovechar todas las deducciones posibles.​

Recomendaciones

  • Agenda una cita de orientación fiscal: Antes de la fecha límite, puedes programar una cita en el SAT para resolver dudas específicas.​
  • Mantén tus comprobantes fiscales en orden: Asegúrate de contar con todas las facturas y recibos que respalden tus deducciones.​
  • Presenta tu declaración a tiempo: El plazo para las personas físicas es del 1 al 30 de abril.​

¿Quiénes deben declarar?

Según el SAT, están obligados a presentar su Declaración Anual las personas físicas que obtuvieron ingresos por:

  • Sueldos y salarios de un solo empleador, pero que además obtuvieron ingresos por otros conceptos.
  • Honorarios.
  • Actividades empresariales.
  • Arrendamiento de inmuebles.
  • Enajenación de bienes.
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Otros ingresos.

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