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10 de abril 2025

Dr. Saúl Alfonso Esparza Rodríguez/Profesor Investigador SNII-C del área de Negocios en Arkansas State University Campus Querétaro
Consejero del Observatorio Ciudadano de Querétaro

Como muchos de nosotros probablemente sabemos, el concepto de seguridad humana (que nace en 1993, propuesto por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo), se caracteriza por su universalidad, relativa a la condición de persona y ser humano, que garantiza el adecuado establecimiento de un estado democrático, que permite a cada persona contar con una percepción individual de lo que es seguridad (o la falta de ella), así como la posibilidad de poder satisfacer las necesidades propias de una vida plena, con la certidumbre de que sus derechos ciudadanos están plenamente garantizados.

Por ello, en lo que respecta al ámbito de la sociedad, el derecho a la seguridad ciudadana se relaciona con la existencia de un contexto en donde cada individuo tiene una garantía, tanto legal como instrumental para el pleno goce de derechos y libertades a la vida, la integridad, la propiedad, la igualdad ante la ley, de acceso a oportunidades, entre otros.

De esta manera, gracias al hecho de contar con garantías de seguridad donde convergen todas las obligaciones del Estado para brindar una configuración social adecuada, es que se puede lograr un verdadero desarrollo humano, que permita evitar la marginación, la criminalización, la falta de inclusión y la pérdida del sentido de vida, a partir el diseño, implementación y vigilancia de un sistema institucional creado para promover la construcción de dinámicas sociales de convivencia en un ambiente de justicia y protección de los derechos fundamentales individuales.

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