La carta magna ordinariamente no puede ser materia de análisis en un juicio de protección constitucional; sin embargo, en la actualidad, vemos cómo se modifica para disminuir derechos. Un ejemplo es la reforma en materia de pensiones, que reduce el monto, incluso de manera retroactiva; esto es aplicarla a personas que ya contaban con una pensión que ahora excede el nuevo límite máximo.
El artículo 14 constitucional prohíbe la aplicación retroactiva de la ley en perjuicio de cualquier persona; es decir, si la nueva ley limita, restringe o extingue derechos, no se puede aplicar a las personas que ya adquirieron derechos con anterioridad, pero sí podría aplicar en beneficio para acrecentar derechos.
A pesar de esto, se aprobó para disminuir pensiones ya existentes, con el argumento de una reducción del gasto público en ese rubro.
Sin una Suprema Corte independiente de los grupos políticos que gobiernan, hay muy pocas posibilidades de que tengan una actitud progresista y protectora para tomar la responsabilidad de analizar si una reforma constitucional es acorde al espíritu protector de la norma fundamental.