Sergio Arellano/Asesor en Derechos Humanos
@siarellano5
En México, es muy redituable ser un prestamista. En el mejor de los casos, los deudores pagarán y habrá una ganancia para quien otorgó el préstamo. Pero, ¿qué sucede en aquellos casos de mora? En otras palabras, ¿cuáles son los límites y en qué punto podemos estar frente a una violación de derechos fundamentales? Al respecto, les comparto unos consejos para acercarnos a la solución.
Primero, tenemos que identificar los elementos básicos de la deuda, es decir, quien nos prestó una determinada cantidad y en qué documento se hizo constar para tener mayor claridad de los cauces; cabe la posibilidad de que tengamos un contrato de naturaleza mercantil, un pagaré o simplemente un reconocimiento de adeudo en un convenio civil. Partiendo del contexto en específico, pueden intervenir distintas autoridades para mediar el asunto, tales como PROFECO, CONDUSEF o en su defecto, un juzgador. Previo a que suceda lo anterior, el acreedor, puede solicitar los servicios particulares de un despacho de cobranza extrajudicial para que funjan como la antesala de un litigio.
En esta etapa es en donde encontramos las amenazas telefónicas o por WhatsApp, ofensas e intimidaciones al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda; aunado a que envían documentos que aparentan ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
Tales escenarios están considerados como delito y no deben de pasar desapercibidos, ya que las personas en un acto de desesperación, pueden aceptar las condiciones usureras de un agente de cobranza que únicamente busca un lucro individual, a costa de lo que recuperado.
Por esos merecimientos, estimada o estimado lector, tenemos que estar alerta de los requerimientos abusivos, excesivos e ilegales que están sancionados por la legislación penal en vías de que se respeten los derechos fundamentales que descansan en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y/o en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en donde se hace evidente “la explotación del hombre por el hombre”.