Sergio Arellano/Asesor en Derechos Humanos
@siarellano5
En días pasados, tuve la oportunidad de estudiar la obra titulada: “Sobre la dignidad humana” del Dr. Manuel Atienza, uno de los grandes filósofos del derecho quien postula una visión novedosa de nuestro sistema jurídico; comienza con una crítica bastante real, toda vez que nos refiere que la mayoría de los postulantes, siguen rigiéndose por la creencia máxima de que la norma es incuestionable.
El enfoque del mundo contemporáneo tiene que ser dirigido al valor de la persona, por lo que plática se torna interesante en función de que, dependiendo la cultura, las prioridades serán distintas al igual que la importancia de las individualidades.
En esa inteligencia, estimada o estimado lector, nadie se ha preocupado por analizar la finalidad de la dignidad, siendo un ingrediente vital de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos conformamos con la simple interpretación de las leyes cuando el derecho es una actividad o una práctica social que busca bienestar.
A nivel internacional se ha discutido su relevancia, sin embargo, los decálogos que resultan de dichos foros, suelen ser muy extremistas si ponderamos los resultados, por ejemplo, para la comunidad extranjera, un cadáver no tiene derecho a ser tratado con dignidad o quizás, se contempla únicamente que el ser humano es merecedor de un trato digno; alegatos que pueden ser cuestionables dado que compartimos un alto nivel de genoma con los chimpancés o ciertas especies avanzadas que gozan de una racionalidad parecida a la del humano.
Se suma a esta teoría, la tutela de los espacios naturales que revisten cierto nivel de vida como el caso de los lagos y mares; como podrán apreciar, estamos frente un espectro de preguntas cuya respuesta, subsanaría todos aquellos vacíos que han quedado a la interpretación de ciertos actores. Al final, ¿cómo definirían a la dignidad?