Sergio Arellano/Asesor en Derechos Humanos
@siarellano5
En algún punto, han contratado un abogado. Para la fortuna de algunos, su caso llegó a buen puerto y lograron sus pretensiones. En el otro supuesto, perdieron y se dieron cuenta de que la estrategia, no fue la correcta por parte del licenciado en derecho que fue contratado.
Se le olvidó presentar las pruebas, no llegó a la audiencia o en su defecto, dejó de contestarles el teléfono. Si hacemos una reflexión de estos escenarios, llegaríamos a la conclusión de que estamos postrados en un estado de indefensión y que tenemos la razón, más allá de una mala representación, ¿no es así? Me gustaría compartirle, estimada o estimado lector, este análisis que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la debida defensa legal y los alcances de un juzgador cuando esto se presenta.
En el siguiente precedente, una quejosa manifestó que su abogado, actuó con negligencia y por eso le atribuyeron un fallo condenatorio en su juicio mercantil, en consecuencia, se inconformó de que el juez de la causa, olvidó conducirse bajo el principio de tutela judicial efectiva cuando advirtió una serie de omisiones del defensor, lo cual contravenía sus derechos fundamentales.
El alto tribunal mexicano, al estudiar este asunto, resolvió que si bien es cierto que tenemos un derecho que nos garantiza una tutela judicial efectiva, también lo es que debe aplicarse en materia penal por la naturaleza de su contexto; este razonamiento se funda en que, las otras materias, se rigen por las normas de un derecho dispositivo que impide a los jueces, allegarse de información por cuenta propia, cuando la mecánica es a petición de parte. Negándole para tales efectos, el amparo solicitado. En conclusión, recomiendo ampliamente que, con responsabilidad, escojan a su asesor jurídico. No es una decisión que deba tomarse a la ligera, ya que podemos comprometer nuestra libertad, patrimonio y relaciones personales, por una mala gestión.