Sergio Arellano/Asesor en Derechos Humanos
@siarellano5
En el ejercicio de la profesión, he tenido la oportunidad de escuchar a un par de personas que han tenido descontentos por una atención médica. Sabemos perfectamente, que la labor de los especialistas del sector salud es invaluable y que los pacientes, a pesar de haber recibido un buen trato, no comprendan el esfuerzo realizado -como también sucede con los abogados, arquitectos, entre otras profesiones- sin embargo, cuando existen deficiencias de forma fehaciente en los tratamientos o intervenciones quirúrgicas, ¿cuáles son las soluciones legales?
Para responder adecuadamente, estimada o estimado lector, tenemos que partir de la propuesta de un compliance que abona considerablemente a una cultura de prevención de riesgos y construcción de manuales o documentos que permitan establecer una certeza jurídica en la prestación de servicios, mismo que debe empezar a regularse en nuestra legislación.
En este caso, los operadores hospitalarios, necesitan contar con este tipo de instrucción para que los desacuerdos no se conviertan en costosos litigios o en el peor de los escenarios, un resultado preocupante para los pacientes; para ello, figuras como el consentimiento informado, la voluntad anticipada, la objeción de conciencia, la bioética o la eficiencia contractual, que pueden considerarse como herramientas valiosas para el entendimiento clínico.
En resumen, debemos de considerar el valor de una comunidad informada, legalmente asistida y que conciba el menor riesgo para la vida de las personas, siendo el derecho fundamental más importante que tenemos.