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10 de octubre 2025

Las ciudades no solo se construyen con concreto; se construyen también con leyes. Cada artículo constitucional, cada reglamento urbano y cada instrumento de planeación moldean, de forma silenciosa pero poderosa, la manera en que habitamos el territorio.

En México, el marco legal del desarrollo urbano ha dado pasos importantes. Pero también arrastra una deuda histórica: no todas las ciudades están hechas con justicia.

Un parteaguas fue la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU), promulgada en 2016. Esta ley intentó unificar la visión urbana del país, incorporando derechos, criterios de sostenibilidad y la necesidad de coordinar a los tres órdenes de Gobierno.

Su aparición marcó un avance hacia el cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 11 de la ONU: lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Además, se alinea con la Nueva Agenda Urbana de ONU-Hábitat, que propone marcos legales nacionales como base para garantizar el derecho a la ciudad y una gestión democrática del suelo.

Pero una ley general no es suficiente. Sin reglas claras, coordinadas y ejecutables en cada territorio, los planes urbanos quedan en el papel. La falta de legislación adecuada genera desigualdad, especulación, fragmentación urbana, corrupción y exclusión.

Desde el CONARED, un equipo de especialistas ha propuesto una nueva arquitectura jurídica del desarrollo urbano, con siete reformas legislativas urgentes.

El documento, elaborado por el doctor Ignacio Kunz, el doctor Gerardo González, el licenciado Víctor Ramírez Navarro, la doctora Louise David, la maestra Nadia Rodríguez y el doctor Alfonso Iracheta, plantea lo siguiente:

  1. Integrar el ordenamiento ecológico y urbano en una sola visión, reformando los artículos 26, 27 y 115 de la Constitución.
  2. Fortalecer al municipio, devolviéndole capacidad para definir el valor del suelo, administrar su catastro y liderar la planeación.
  3. Reconocer lo metropolitano como categoría constitucional, con instituciones que articulen gobiernos municipales y estatales.
  4. Establecer instrumentos de gestión de la valorización del suelo, para que el beneficio del desarrollo se distribuya de manera justa.
  5. Actualizar el marco técnico-metodológico de la planeación, superando paradigmas obsoletos e integrando derechos humanos, sostenibilidad y participación.
  6. Promover una participación ciudadana vinculante, con organismos democráticos y no solo consultivos.
  7. Elaborar y aplicar el reglamento de la LGAHOTDU, pendiente desde 2016.

Estas propuestas no solo tienen sentido técnico, sino que tienen sentido humano. ¿Cómo podemos hablar de derecho a la ciudad si las leyes no garantizan su acceso? ¿Cómo exigir planeación con perspectiva ambiental, si las normativas siguen siendo contradictorias? ¿Cómo convocar a la ciudadanía a participar, si sus opiniones no son vinculantes?

Hoy, México tiene la oportunidad de transformar no solo sus ciudades, sino la manera en que las diseña desde la ley. Una Nueva Cultura del Desarrollo Urbano implica pensar en leyes, normas y reglamentos que aseguren justicia espacial, equidad territorial, transparencia y eficacia institucional.

Esta transformación no es responsabilidad exclusiva del Congreso o de los especialistas. También es una tarea generacional.

Las juventudes urbanas tienen el derecho (y el deber) de formarse, participar, proponer con ideas frescas, con visión de futuro y con una sensibilidad distinta. Estudiantes de derecho, urbanismo, arquitectura, ciencias políticas o economía: este también es su terreno, porque las leyes que regulan la ciudad deben escribirse con visión urbana, con visión de futuro, con ética pública y con una brújula de justicia.

Construir ciudad con futuro, propósito y justicia empieza también con leyes bien hechas, porque legislar el territorio es legislar la vida.

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