La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares establece la obligatoriedad de aquellas personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales, con excepción de las sociedades de información crediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial, al tratamiento de datos personales bajo los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad. Los datos personales deberán recabarse y tratarse de manera lícita y su obtención no debe hacerse a través de medios engañosos o fraudulentos.
En todo tratamiento de datos personales, se presume que existe la expectativa razonable de privacidad, entendida como la confianza que deposita cualquier persona en otra, respecto de que los datos personales proporcionados entre ellos serán tratados conforme a lo que acordaron las partes.
En base a lo anterior haciendo un estudio de mercado universidades, hospitales, empleadores, escuelas, centros deportivos, inmobiliarias por mencionar algunos ejemplos son omisos a la ley. No saben cómo guardar, cuidar y proteger los datos personales, por ende no firma convenios de confidencialidad y esto es muy grave ya que la falta de cuidado por parte de las autoridades está generando robo de identidad, secuestros y el constante mercado negro de compra de datos personales y con fines de comercialización.
Es importante mencionar que las sanciones van desde apercibimiento para que el responsable lleve a cabo los actos solicitados por el titular, multa de 100 a 160,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, multa de 200 a 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, y en caso de que de manera reiterada persistan las infracciones se impondrá una multa adicional que irá de 100 a 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y tratándose de infracciones cometidas en el tratamiento de datos sensibles, las sanciones podrán incrementarse hasta por dos veces, los montos establecidos.
“La verdadera medida de la justicia de un sistema es la cantidad de protección que garantiza a los más débiles”.
Aung San Suu Kyi
Por: Sergio Arellano Rabiela