La difícil circunstancia económica por la cual cruza nuestro país, provoca que muchos menores de edad buscan integrarse a la vida laboral¡. Sin embargo, hay que tener cuidado, ya que debemos de contar con el conocimiento básico legal para poder emplear sin meternos en problemas con las autoridades laborales.
Hay una línea muy delgada, pero importante, sobre trabajo infantil, así como del trabajo de menores de edad en nuestro país, el cual está contemplado y legislado.
Los menores de 15 años tendrán estrictamente prohibido laborar, con excepción de colaboración en empresas familiares, y de 15 a 18 podrán laborar con ciertas reglas; por ejemplo, que hayan terminado la educación básica.
Al momento de la contratación las condiciones deberán estar por escrito y por duplicado, que no se tenga ese documento o un contrato, no exime cumplir con las obligaciones patronales, como es el pago de prestaciones y seguridad social.
Si un menor quiere contratarse, puede hacer siendo mayor de 16 años; si eres mayor de 16, pero menor de 16, deben de darte permiso tus padres, tutores o una autoridad laboral; no pueden trabajar más de seis horas y están prohibidas las horas extraordinarias, trabajar en domingo y los días festivos; de ser así, se paga un 200% del salario normal.
El trabajo de los menores, al punto de vista de su servidor, debería estar prohibido, ya que interrumpe el ordinario crecimiento y desarrollo del menor en todos los aspectos, ya sea físico o emocional, pues corta el continuar estudiando, desarrollándose por ganar dinero, desgraciadamente por la difícil situación económica actual en la que se encuentra nuestro país se vuelve en muchos casos una necesidad.