Sergio Arellano/Asesor en Derechos Humanos
@siarellano5
Más de una persona ha recibido una llamada telefónica o un correo electrónico en donde les transmiten que están demandados, que son acreedores de un beneficio económico o en su defecto, les solicitan el reconocimiento de una compra en línea.
Entre otros supuestos, indagan sobre los pormenores bancarios del interlocutor con la intención de que se efectúen transferencias o se confirme la información sensible que pueda permitir el acceso ilícito a plataformas electrónicas. Los autores de dichos comunicados, suelen suplantar la identidad de un asesor de una aplicación o del banco, así como la de una autoridad con el ánimo de generar veracidad, utilizando como carta de presentación, las necesidades genéricas de la población, por ejemplo, la usanza de tarjetas de crédito y su finiquito, seguimiento de compras en línea o regularización del status fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el pago de saldos vencidos.
Al ser cuestiones comunes de la población, estimada o estimado lector, caemos en la red de los engaños y simulaciones que está puntualmente tipificado como fraude en nuestro Código Penal. Al iniciar la denuncia correspondiente en la Fiscalía, se tiene el deber de investigar la mecánica del delito en vías de reparar el daño por parte de las personas presuntamente responsables; no obstante lo anterior, el seguimiento es lento y la colaboración con las instituciones bancarias se vuelve un obstáculo para el retorno del menoscabo monetario que tuvo la víctima.
En suma, la mejor recomendación es evitar toda comunicación inusual. En su lugar, lo idóneo es contactar en medios oficiales a las autoridades al igual que a nuestros prestadores de servicios en aras de disipar las dudas sobre determinado acercamiento; no olvidemos que esta precaución puede esquivar un trago amargo.