Además, hay una diferencia importante entre esta veda y las que hemos vivido en otros procesos
Hugo Lora
Durante las últimas semanas, hemos escuchado varias veces el término “veda electoral”, pero ¿sabemos lo que esto significa?
En México, nos encontramos en este periodo desde el pasado 4 de febrero hasta el 10 de abril por la muy sonada revocación de mandato, la cual se celebrará el último día de esta veda. Dicho periodo permite a los participantes de las elecciones reflexionar sin ser influenciados sobre su voto por medio de distintos factores.
Nuestro país cuenta con restricciones legales en los siguientes rubros: suspensión de toda campaña de comunicación social pagada con recursos públicos, con excepción de las educativas, de salud y las de protección civil (estas no deben de incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen la promoción personalizada de servidores públicos ni contengan logotipos, eslóganes, frases o cualquier otro tipo de referencias a cualquier nivel de Gobierno); los servidores públicos no podrán utilizar cuentas institucionales ni personales de cualquier red social o plataforma digital para difundir propaganda gubernamental o con la intención de influir en la ciudadanía; y la entrega de bienes y/o servicios derivada de la ejecución de programas gubernamentales en eventos masivos está prohibida. Pero los servidores públicos y políticos no son los únicos que tienen alguna limitación, ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las ciudadanas y los ciudadanos sobre la revocación de mandato.
Además, hay una diferencia importante entre esta veda y las que hemos vivido en otros procesos. Esta tiene una duración de más de dos meses y las otras de tan solo tres días. Pero, ¿por qué se da esto? Nunca en la historia democrática moderna de nuestro país habíamos tenido una actividad de esta naturaleza, en la que existiera la posibilidad de que el Ejecutivo federal concluyera sus funciones de manera anticipada debido a la inconformidad de sus ciudadanos. Para que esto suceda, debe de votar más del 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal y la mayoría absoluta (50 por ciento más uno) debe votar a favor de removerlo.
Tomemos este periodo de reflexión de manera seria; podríamos hacer historia.